DOCUMENTACIÓN TÉCNICA · 24 DE OCTUBRE DE 2026

Consideraciones y memoria de cálculo.

Documento anexo a la calculadora de honorarios de Santiago González Consultoría y Construcción. Explica las fuentes, actualizaciones, hipótesis de trabajo y limitaciones de uso de cada modalidad.

01 · Costo base de construcción, referencia a octubre de 2026

CBM operativo propuesto: $10,030.00 MXN/m². El corte estadístico utilizado es septiembre de 2026, último mes completo publicado al 24 de octubre de 2026. No es un arancel aprobado por la FCARM para octubre de 2026 ni un costo paramétrico directo de una vivienda tipo. Es un valor técnico provisional para alimentar la fórmula clásica de honorarios y debe poder editarse.

El punto de partida de $8,025.00 MXN/m² corresponde a la hoja de ejemplo de aranceles FCARM, identificada como valor aprobado por la asamblea del Colegio de Arquitectos de Campeche en noviembre de 2021. La aplicación no presenta ese valor como una referencia general oficial nacional de 2022.

VariableDatoProcedencia
CBM histórico$8,025.00 /m²Hoja de cálculo FCARM 2022, base aprobada en Campeche en noviembre de 2021
INPC noviembre de 2021116.884INEGI / Diario Oficial de la Federación
INPC septiembre de 2026146.075INEGI, publicado el 8 de octubre de 2026
Factor de actualización1.249744...146.075 ÷ 116.884
CBM calculado$10,029.19 /m²$8,025 × factor
CBM operativo redondeado$10,030.00 /m²Redondeo a diez pesos para captura
CBM estimado (sep-2026) = $8,025.00 × (146.075 / 116.884) = $10,029.19/m² ≈ $10,030/m²

Limitación técnica de la actualización

El Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) describe inflación general de una canasta de consumo, no el índice de costos específicos de edificación. Por ello el método ofrece continuidad monetaria para la herramienta clásica, pero no demuestra que $10,030/m² sea el costo directo efectivo de construir un edificio en Oaxaca, México o cualquier otra localidad.

Para justificar un costo real de construcción, conviene reemplazar este dato por un análisis paramétrico actualizado de la CMIC/CEICO, precios locales y alcance constructivo, o bien elaborar un catálogo de conceptos con precios unitarios y cantidades. El INPP de construcción / índice de costos de construcción residencial de INEGI es más representativo que el INPC para actualizar costos de insumos, siempre que se usen la misma serie y periodos comparables.

La FCARM indica en el artículo 21 del arancel clásico que la actualización del CBM corresponde trimestralmente a su Comisión del Arancel. La presente estimación no sustituye aquella determinación.

Comparación metodológica: el módulo independiente para vivienda FCARM 2022 maneja un CBM de $9,286.80/m² basado en vivienda social T11-CMIC y utiliza una fórmula distinta. Esa base no se mezcla automáticamente con las fórmulas de la calculadora clásica.

02 · Alcances exclusivos de diseño urbano

Al seleccionar diseño urbano, la interfaz muestra exclusivamente los estudios y disciplinas urbanas que corresponden a la tabla del arancel clásico. Los porcentajes básicos suman 100 % de los honorarios calculados para el servicio urbano completo.

Servicio de diseño urbanoPorcentaje
Estudios de viabilidad6 %
Diseño conceptual urbano10 %
Anteproyecto urbano22 %
Diseño ejecutivo urbano34 %
Ingeniería eléctrica urbana10 %
Ingeniería del agua / infraestructura hidrosanitaria18 %

Las instalaciones complementarias de telefonía subterránea (10 %), gas subterráneo (10 %) y tratamiento de aguas residuales (12 %) son opcionales y se suman a los servicios básicos, por lo que el conjunto puede superar el 100 %.

Las partidas arquitectónicas —por ejemplo, estructura de edificio, instalación eléctrica interior y distribución de gas del inmueble— no se ofrecen como alcances del módulo urbano. Cambiar de modalidad descarta las selecciones incompatibles. El arancel emplea superficie en hectáreas y un salario mínimo diario de referencia (SMD) capturado por el usuario.

03 · Remodelaciones y restauraciones: costo directo de intervención

El artículo 22 del arancel clásico FCARM establece que los honorarios de remodelaciones y restauraciones utilizan la fórmula de proyecto arquitectónico, pero el costo directo (CO) debe determinarlo el profesional a partir del grado de intervención. Por ello no se utiliza el CBM ni se aplica el factor de género constructivo FC en este módulo.

El usuario puede documentar el costo directo propuesto por cualquiera de estas dos vías:

En ambos casos se mantiene la superficie en m² para evaluar el factor de superficie FS de la fórmula de honorarios. Un campo específico permite registrar origen del costo (presupuesto preliminar, estimación paramétrica, cotización, APU u otro) y la justificación técnica del grado de intervención, incluyendo, cuando proceda, conservación de elementos, demolición, instalaciones, reforzamientos, protección patrimonial y partidas excluidas.

Se recomienda documentar el presupuesto a costo directo sin indirectos, financiamiento, utilidad ni IVA, y aclarar las partidas incorporadas. Si se contempla restauración de patrimonio, es importante registrar estudios, restricciones, autorizaciones y riesgos por descubrir condiciones ocultas. La calculadora no valida por sí misma el presupuesto ingresado.

CO = costo directo total introducido; o bien CO = S × costo directo unitario.
H = CO × [15 − 2.5 log₁₀(S)] × FR / 100.

04 · Fórmulas y alcance del arancel empleado

Proyecto arquitectónico, arancel clásico

CO = S × CBM × FC
FS = 15 − 2.5 log₁₀(S)
H = CO × FS × FR / 100

S en m², CBM en MXN/m², FC según género y FR según colegio de referencia. La fórmula clásica es para superficies de hasta 400,000 m². Los factores de género y región de la herramienta son referencias históricas editables y pueden no corresponder al municipio, fecha o tipología solicitados.

Diseño urbano, arancel clásico

FS = 1050 − 125 log₁₀(S)
H = S × FS × SMD × FD

S en hectáreas, SMD salario mínimo diario según la región y FD factor de densidad según tipo de desarrollo. El arancel indica un límite superior de 4,000 ha, pero no especifica un mínimo de 1 ha. La fórmula puede entregar importes de escasa representatividad comercial para superficies muy pequeñas. Como control informativo propio de la aplicación (no una regla FCARM), para proyectos urbanos de menos de 1 ha se muestra una advertencia destacada sobre la escala, la densidad y la suficiencia comercial del importe. La advertencia no impide emitir la cotización; corresponde al profesional comprobar la pertinencia técnica y comercial del precio.

Control de densidad: para parques industriales/campestres, el máximo tabulado es 20 lotes/ha. Un predio de 150 m² (0.015 ha) con un lote implica 66.67 lotes/ha y no corresponde a esas bandas. En caso de subdivisiones pequeñas y servicios prediales, valorar por alcance específico, tiempo de trabajo, visitas y costos de tramitación, no extrapolar diseño urbano. El resultado se conserva como ejercicio matemático ilustrativo.

Referencia 2026 para SMD: en zona general $315.04/día; en municipios de Zona Libre de la Frontera Norte $440.87/día. Datos CONASAMI vigentes desde el 1 de enero de 2026; verificar municipio y actualizar cuando cambie la tabla.

Consultoría, arancel clásico

Las modalidades de supervisión/DRO, dirección, administración, visitas y consultas se calculan por las fórmulas o múltiplos correspondientes del arancel clásico. Su aplicación exige revisar el servicio realmente contratado, la experiencia del profesional y las atribuciones específicas de la autoridad competente. No se equiparan automáticamente los servicios del despacho a un arancel legalmente obligatorio.

Nota habitacional: la modalidad «Proyecto arquitectónico» conserva el arancel clásico. Para vivienda debe preferirse la modalidad separada «Vivienda · FCARM 2022», que emplea su nueva fórmula y exige CBM T11, FI y fuentes comprobables. Los cálculos históricos de vivienda no se presentan como honorarios mínimos vigentes.

05 · Fuentes consultadas y delimitación de uso

Alcances y exclusiones

Los honorarios presentados son estimaciones referenciales, no cotizaciones vinculantes. Los importes no incluyen IVA, derechos, licencias, viáticos, estudios de mecánica de suelos, levantamientos topográficos, investigaciones especiales, gestorías ni actividades expresamente excluidas, salvo que se integren mediante una propuesta formal. Se deben validar vigencia, complejidad, especificaciones, alcance, garantías y condiciones contractuales.

Los parámetros de las estimaciones pueden guardarse localmente en el navegador. Al solicitar la cotización comercial se envían al servidor WordPress datos del documento y, en su caso, una imagen del membrete para asociarla a un pedido y generar el PDF después del pago; consultar el aviso de privacidad aplicable. La publicación de la aplicación en un dominio no implica afiliación institucional con la FCARM, el INEGI o la CMIC.

Control documental. Elaborado el 24 de octubre de 2026. Corte de datos estadísticos: septiembre de 2026. Próxima revisión recomendada: cuando INEGI publique el INPC de octubre de 2026 y, preferentemente, cuando se disponga de un CBM/paramétrico sectorial validado para el alcance concreto.
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Auditoría de rendimientos y viabilidad técnica (calibración incorporada desde V0.9.9)

La superficie por sí sola no determina la productividad: se consideran también perímetro, puntos a medir, acceso y nivel de detalle. El programa calcula una jornada estimada mínima con rendimientos ilustrativos ajustables; no impone un precio fijo por m² y tampoco reduce jornadas mayores capturadas por el profesionista.

J_ref = redondeo superior a 0.5 jornada de [máx(0.5, S/R + 0.25·P/Rp + 0.25·L/Rl) × F_acceso × F_detalle × F_sitio]
J_presupuestadas = máx(J_capturadas, J_ref)
Horas_gabinete = máx(H_capturadas, H_base_equipo + (J_presupuestadas − 1) × H_extra_por_jornada)

S = superficie en m², R = rendimiento base m²/jornada, P = cantidad de puntos a medir, Rp = rendimiento de puntos por jornada, L = perímetro en metros y Rl = rendimiento lineal en metros/jornada. Para fotogrametría el perímetro no constituye, por sí solo, una poligonal verificada, de modo que no se utiliza como rendimiento lineal del dron. Los coeficientes 0.25 para puntos y perímetro buscan evitar contar íntegramente tareas potencialmente solapadas; son hipótesis internas de calibración y no valores oficiales.

Productividades iniciales (solo para simulación): distanciómetro 120 m²/jornada, estación total 10,000 m²/jornada, GNSS 20,000 m²/jornada y dron 40,000 m²/jornada. Para estación total y GNSS son valores conservadores ajustados tras compararse con un estudio de campo independiente de 2025; NO constituyen una calibración con las bitácoras de este despacho ni precios de mercado. Para distanciómetro (120 m²/jornada) no se ha localizado un estudio directo que respalde una tasa universal de superficie por jornada. Terreno de acceso difícil: factor 1.45; muy difícil 2.00. Detalle bajo 0.85; medio 1.00; alto 1.60. Para distanciómetro en exterior, factor adicional 1.40. Todos deben validarse conforme al sitio, vegetación, complejidad, puntos de control, accesos y equipo disponible.

Contraste con productividad de campo observada (2025)

Chaves Pabón y Muñoz Serna (2025) levantaron 39,900 m² de terreno montañoso con 408 puntos: 14.5 horas con estación total, 8 horas con GNSS RTK y 6.5 horas con UAV más puntos de control; el gabinete fue, respectivamente, 7.5, 5.5 y 11.5 horas para completar las 22, 13.5 y 18 horas totales. Equivale a unos 22,014, 39,900 y 49,108 m² por jornada de ocho horas solamente en ese caso. Las diferencias entre vegetación, geometría del predio, número de puntos, accesibilidad, necesidad de control y densidad de información impiden generalizar estos rendimientos.

La versión 0.9.8 aplicaba 3,000 m²/jornada para estación total y 8,000 m²/jornada para GNSS, respectivamente ~7.3 y ~5 veces menores que los rendimientos de ese caso. La versión 0.9.9 los ajusta a 10,000 y 20,000 m²/jornada, mantiene dron en 40,000 m²/jornada e incrementa rendimientos iniciales de puntos a 150 y 180 puntos/jornada. Se mantienen deliberadamente inferiores al caso observado como hipótesis de planeación, NO como valores certificados. Los parámetros siguen siendo editables y el software nunca reduce las jornadas ya presupuestadas por el usuario.

Referencia: S. B. Chaves Pabón y E. F. Muñoz Serna (2025), Estudio técnico comparativo de levantamientos topográficos en terreno montañoso. En trabajos con distanciómetro láser, Leica Geosystems advierte sobre las condiciones de visibilidad, reflectividad y precisión, por lo que no es defendible extrapolar tasas generales de m²/jornada para exteriores. Para UAV, Pix4D recomienda solapes mínimos y ajustes por terreno, que impactan vuelos y procesamiento.

Reglas preventivas del producto, NO límites normativos: si se usa distanciómetro para un predio exterior de más de 400 m², un interior de más de 2,000 m², un perímetro exterior mayor a 500 m o interior mayor a 700 m, o un elevado número de puntos, se exige reconocer y validar la viabilidad técnica antes de continuar. También cuando se combina el instrumento con expedientes de rectificación, subdivisión o fusión. Si el modelo estima más de 180 jornadas, no emite una cotización automática: requiere estudio técnico y cambio de metodología o presupuesto específico.

Un distanciómetro láser proporciona distancias individuales en condiciones de visibilidad y funcionamiento del instrumento; no sustituye por sí solo una poligonal geodésica, la medición angular ni un control planialtimétrico. Para objetivos catastrales y geodésicos deben verificarse los requerimientos del municipio y, según sea aplicable, las normas técnicas publicadas por INEGI. Fuentes: DOF: procedimientos de levantamientos catastrales y DOF: estándares de exactitud posicional. La aplicación no certifica exactitud ni requisitos de aprobación.

Levantamientos topográficos: integración de recursos (módulo independiente)

Las cuatro modalidades (distanciómetro, estación total, GNSS y dron) no se cotizan mediante arancel FCARM. El módulo utiliza una estimación interna elaborada por el profesional:

Directo base = jornadas × (personal de cuadrilla + equipo + traslado + consumibles por jornada) + horas gabinete × costo hora + movilización fija.

Actividades complementarias = horas de gabinete extra × costo hora + jornadas adicionales × costo de cuadrilla/equipo/logística + insumos adicionales. El total directo resulta de la suma.

Precio estimado = costo directo × (1 + porcentaje de indirectos) × (1 + porcentaje de margen). Se muestran importes sin IVA; el margen es un recargo sobre costo más indirectos, no un margen sobre ventas.

Las tarifas predeterminadas son ejemplos editables, no precios de mercado verificados ni un arancel profesional. Estudia ubicación, acceso, densidad de puntos, obstáculos, levantamientos existentes, control, seguridad, precisión, permisos y rendimientos. GNSS FIX/RTK no acredita por sí solo precisión geodésica absoluta; fotogrametría con dron no garantiza automáticamente MDT ni altimetría comprobable; un distanciómetro no sustituye estación total ni GNSS para poligonales. Un deslinde legal exige revisión documental y profesional independiente cuando corresponda.

El salario mínimo general 2026 de CONASAMI se utiliza para las fórmulas urbanas que requieren SMD, no como tarifa de cuadrilla topográfica. Los costos del personal topográfico deben integrar salario real, prestaciones, cargas, viáticos y productividad.

Preparación de documentación para trámites prediales

Como servicios opcionales de la calculadora topográfica, pueden integrarse los expedientes de alineamiento, uso de suelo y número oficial (trámite conjunto), rectificación de medidas, subdivisión y fusión. El modelo calcula las horas técnicas de cada expediente más, si se solicita, visitas adicionales. En subdivisión se considera el número de fracciones resultantes, y en fusión el número de predios de origen. Los tiempos y tarifas precargados son supuestos editables que deben sustituirse por rendimientos y costos comprobados del profesional.

La opción «sin levantamiento nuevo» supone disponibilidad de información confiable de campo y antecedentes. Una documentación preparada no garantiza la autorización administrativa. Por defecto se excluyen pagos de derechos, estudios, firmas de perito/DRO, gestiones notariales, registro y resolución de la autoridad, a menos que estén expresamente contratados.

Para Oaxaca de Juárez, la ficha SOPyDU-T-AUSNO registra conjuntamente alineamiento, uso de suelo y número oficial. La documentación de subdivisión/fusión debe confrontarse con la ficha municipal aplicable y con los movimientos catastrales del ICEO. Los requisitos varían por municipio y situación jurídica del inmueble.

Vivienda — Tomo I FCARM (noviembre 2022)

Para proyectos habitacionales se agregó una modalidad independiente del arancel histórico de los demás géneros. La Federación aprobó el Tomo I habitacional en su asamblea de 18–19 de noviembre de 2022, y derogó la sección de vivienda del arancel anterior. Fuente principal: FCARM: Tomo I, género habitacional (PDF, 22 páginas), especialmente pp. 9–17.

H = CBM × V × FI × FGE × FM × FA × FR × FACP × FEPE

CBM: costo base por metro cuadrado que ofrece CMIC para vivienda social T11, actualizado al periodo cotizado. La FCARM documenta $9,286.80/m² exclusivamente para noviembre de 2022; este valor NO es un costo vigente de octubre de 2026 ni equivale al CBM clásico indexado a $10,030/m². Para generar honorarios se exige introducir fecha y fuente del CBM. El catálogo de costos directos de vivienda 2026 de CMIC no implica por sí mismo que ese valor sea el parámetro de vivienda social T11. No se utilizó un CBM 2026 sin una referencia verificable.

FI: factor interciudad, distinto del factor regional clásico; debe consultarse por ciudad en el anexo de transportación de costos. El texto base cita Ciudad de México = 1.000, Morelia = 0.913, Uruapan = 0.957, Pátzcuaro = 0.872, Sahuayo = 0.866, Jiquilpan = 0.916, Lázaro Cárdenas = 0.892, Zamora = 0.936 y Campeche = 0.987 en un ejemplo. Para ciudades no publicadas en esas tablas, el sistema no inventa FI: exige captura manual y recomienda documentar la fuente. Oaxaca no dispone de un FI predeterminado verificado dentro del cuerpo de este Tomo I.

FGE (género): vivienda progresiva 0.84; unifamiliar social 1.00; tipo medio 1.15; residencial 1.30; lujo 1.90; condominio social 1.05; condominio medio 1.35; residencial 1.50; lujo 1.60. FM (modalidad): obra nueva 1.00, ampliación 1.05, remodelación 1.10, reacondicionamiento 1.15 y rehabilitación 1.20.

FA (asequibilidad): muy bajo rezago 1.00, bajo 0.95, medio 0.90, alto 0.80 y muy alto 0.75. Debe justificarse según cartografía del territorio y periodo disponible, no elegirse automáticamente por estado. FR (repetición): original 1.00; segundo 0.40; tercero 0.25; cuarto 0.10; quinto o más 0.05. En multifamiliares se separan superficies de plantas originalmente diseñadas y plantas efectivamente repetidas con distribución comparable.

FACP y FEPE, contrataciones por paquetes: 1 etapa (conceptual) = 0.043 × 0.05; 2 etapas (conceptual + anteproyecto) = 0.042 × 0.25; 3 etapas (+ ejecutivo) = 0.041 × 0.58; 4 etapas (+ ingenierías) = 0.040 × 1.00. Los porcentajes por etapa son 5, 20, 33 y 42 % y suman 100 %. Esta implementación admite paquetes consecutivos solamente, porque el documento no fija FACP para contrataciones aisladas fuera de esos paquetes. En modalidad habitacional las cuatro partidas del desglose corresponden al FEPE y no a los porcentajes del arancel clásico.

Control de discrepancia del documento: el ejemplo 1 (p. 16) publica un resultado de $28,334.16 con CBM $9,286.80, V 256 m², FI 0.987, FGE 1.15, FM 1.10, FA 1.00, FR 1.00, FACP 0.042 y FEPE 0.25. La multiplicación de todos esos valores arroja $31,167.58. Los $28,334.16 coinciden con omitir FM 1.10; se preservó la fórmula aprobada y se registra esta discrepancia sin corregir silenciosamente la fuente. El ejemplo 2 (p. 17–18), de 230 m² originales y 690 m² repetidos al 0.10 con FI 0.994, coincide con $92,739.11.

Alcances adicionales: BIM, estudios complementarios, instalaciones especiales, viáticos, gestiones, trámites, firmas de DRO y otros trabajos quedan fuera del arancel de vivienda 2022 (p. 14). La modalidad de remodelación de vivienda 2022 utiliza CBM T11 y FM=1.10; no debe confundirse con el módulo de remodelación del arancel clásico, que exige costo directo de intervención.

La calculadora no sustituye la confirmación normativa, condiciones de contratación, ni la validación por parte del profesional competente. El arancel proporciona referencias de honorarios profesionales que deben contrastarse con los alcances y condiciones reales. No autoriza atribuir factores no verificados a la FCARM.